Si tu negocio en Castellón tiene temporada, como un chiringuito en Benicàssim, un restaurante en Peñíscola, un almacén de cítricos durante la campaña o una academia que cierra en verano, el contrato que encaja casi siempre es el fijo discontinuo, no un temporal que se firma y se extingue cada año. Desde la reforma laboral de 2021, el Estatuto de los Trabajadores reserva este contrato para los trabajos de naturaleza estacional o vinculados a actividades de temporada, y para los que se repiten en periodos de ejecución ciertos, determinados o indeterminados.
La idea es sencilla: el trabajador es fijo de la empresa, pero solo trabaja (y cobra, y cotiza) durante los periodos de actividad. Entre temporada y temporada, la relación laboral sigue viva aunque no haya prestación de servicios. Lo que la hace funcionar, y lo que genera casi todos los conflictos, es el llamamiento.
Cuándo usarlo y cuándo no
Encaja cuando la actividad se repite con cierta regularidad, aunque no sepas las fechas exactas:
- Hostelería de costa que abre de Semana Santa a octubre.
- Campañas agrícolas y de manipulado de fruta, con inicio y fin que dependen de la cosecha.
- Comedores y monitores escolares, que siguen el calendario del curso.
- Refuerzos que se repiten todos los años en las mismas épocas (rebajas, fiestas de la Magdalena, campañas de Navidad), si son previsibles.
No encaja, en cambio, para un pico de trabajo imprevisible y puntual: ahí está el contrato temporal por circunstancias de la producción. Tampoco para cubrir una baja: eso es sustitución. Si firmas temporales año tras año para la misma temporada, lo más probable es que la Inspección de Trabajo entienda que esos puestos debían ser fijos discontinuos, con las consecuencias en antigüedad e indemnización que eso arrastra.
Qué debe decir el contrato
El fijo discontinuo se formaliza siempre por escrito y debe reflejar, al menos de forma estimada:
- La duración del periodo de actividad.
- La jornada y su distribución horaria, aunque sea aproximada y pendiente de concretar en el llamamiento.
- Los criterios objetivos y formales del llamamiento, o la remisión al convenio que los regula.
Se registra en Contrat@ como cualquier otro contrato, dentro de los 10 días hábiles siguientes a su firma, y el alta en la Seguridad Social se hace al inicio de cada periodo de actividad, antes de que la persona empiece a trabajar. Si no quieres equivocarte en el primer paso, podemos tramitar el alta y el contrato de tu fijo discontinuo con el llamamiento ya previsto.
El llamamiento: la pieza que no puede fallar
Al empezar cada temporada, la empresa debe llamar a sus fijos discontinuos. Las reglas básicas:
- Por escrito o por un medio que deje constancia: correo electrónico, mensaje con acuse, burofax. Una llamada de teléfono sin más no sirve para probar nada.
- Con una antelación adecuada, que suele fijar el convenio colectivo.
- Siguiendo el orden y los criterios del convenio o del contrato: normalmente antigüedad, especialidad o rotación.
- Informando a la representación legal de los trabajadores, si la hay, con un calendario de las previsiones de llamamiento al inicio de cada año natural, y de las altas efectivas cuando se producen.
Si llega la temporada y la empresa no llama a un fijo discontinuo, ese silencio se trata como un despido. El trabajador puede reclamar por despido, y el plazo de 20 días hábiles empieza a contar desde que tiene conocimiento de la falta de convocatoria. Por eso la empresa que no va a abrir o va a necesitar menos gente debe tomar la decisión por los cauces previstos, no simplemente dejar de llamar.
Qué pasa entre temporadas
- Baja en la Seguridad Social al terminar cada periodo, dentro de los 3 días naturales siguientes, con la causa de baja propia de fin de llamamiento.
- Certificado de empresa por Certific@2, para que el trabajador pueda solicitar la prestación por desempleo durante la inactividad si reúne los requisitos.
- Finiquito de temporada: salario de los últimos días y, si no se han disfrutado, las vacaciones generadas en el periodo. No hay indemnización, porque el contrato no se extingue.
El trabajador no está obligado a buscar otro empleo, pero puede trabajar para otra empresa mientras no le llames; lo relevante es que acuda cuando se produzca el llamamiento en forma.
Antigüedad y derechos
Desde la reforma, la antigüedad del fijo discontinuo se calcula teniendo en cuenta toda la duración de la relación laboral, no solo los meses efectivamente trabajados, salvo en las condiciones que exijan otro tratamiento por criterios de objetividad, proporcionalidad y transparencia. Esto afecta a trienios, a determinados complementos del convenio y, sobre todo, a la indemnización si algún día hay un despido.
Los fijos discontinuos también tienen derecho a que la empresa les informe de las vacantes fijas ordinarias, para poder optar a ellas, y los convenios pueden crear bolsas de empleo para ellos durante la inactividad.
Contratos a tiempo parcial y fijos discontinuos
Cabe un fijo discontinuo a tiempo parcial, si durante la temporada la jornada es menor que la completa. Los convenios sectoriales pueden regularlo, y en ese caso conviene seguir exactamente lo que dicen. La nómina se calcula como la de cualquier trabajador a tiempo parcial, y el registro de jornada es igual de obligatorio.
Errores que se repiten cada temporada
- Firmar un temporal «para el verano» cada año en lugar de un fijo discontinuo.
- Llamar por WhatsApp sin guardar la conversación, o no llamar a alguien por no tener claro el orden.
- No dar de baja al terminar la temporada, o darla sin enviar el certificado de empresa.
- Calcular la antigüedad solo con los meses trabajados.
- Cubrir una vacante fija con alguien de fuera sin haberla comunicado antes a los fijos discontinuos de la plantilla.
Para una visión general de las demás modalidades, la guía sobre contratos, nóminas y altas repasa todos los contratos vigentes. Y si quieres ver el conjunto de servicios laborales, consulta laboral en Castellón.
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Cómo te ayudamos
Revisamos tu calendario de temporada y tu convenio, redactamos el contrato fijo discontinuo con los criterios de llamamiento, y nos encargamos de altas, bajas y certificados de empresa en cada periodo, para que la próxima temporada empiece sin sobresaltos. Llámanos o escríbenos por WhatsApp al 673 374 567.
Los importes, plazos y requisitos pueden cambiar; confirma los vigentes antes de presentar.

