Alta de autónomo agrario en Castellón
90 € + IVA · Castellón
Precios sin IVA. Tasas oficiales aparte.
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Si vas a vivir del campo, te damos de alta en el sistema especial agrario de autónomos (SETA) y en Hacienda. Antes comprobamos que cumples los requisitos y elegimos contigo el régimen de IVA y de renta que más te conviene.
- Revisamos tus ingresos y tu dedicación antes del alta, para que no te saquen del sistema agrario después.
- Alta en la Seguridad Social y declaración censal (modelo 036) en el mismo encargo.
- Comparamos régimen especial agrario del IVA y régimen general con tus números, no con una regla general.
Qué necesitamos para empezar
- DNI o NIE y número de la Seguridad Social.
- Parcelas o explotación que llevas y a qué título (propiedad, arrendamiento, herencia).
- Otros trabajos o ingresos que tengas ahora.
- Fecha en la que quieres empezar a cotizar.
Qué incluye el servicio
El agricultor que trabaja su propia explotación cotiza en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos), pero puede hacerlo dentro de un apartado propio: el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, conocido como SETA. Existe desde 2008 y tiene reglas de cotización propias. Nuestro encargo incluye:
- Estudio de requisitos para entrar en el SETA con tus ingresos, tu dedicación y tus parcelas.
- Alta en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) con la opción del sistema agrario, la base de cotización y la mutua.
- Declaración censal en Hacienda (modelo 036) con la actividad agrícola, el régimen de IVA y el método de la renta. Las actividades agrícolas no pagan el impuesto de actividades económicas (IAE), pero sí se declaran en el censo.
- Elección del régimen de IVA: régimen especial de agricultura, ganadería y pesca (REAGP) o régimen general.
- Elección del método de la renta: estimación objetiva (módulos) o estimación directa.
- Calendario de obligaciones del primer año: pagos fraccionados, IVA si toca y regularización de cuotas.
Si tu actividad no es agrícola (tienda, transporte, construcción, servicios), tu alta es la de un autónomo normal: la explicamos en alta de autónomo.
Requisitos generales del sistema agrario
La Ley 18/2007, que creó el SETA, pide en general estas condiciones. Las revisamos una a una con tus datos:
- Tener 18 años o más y ser titular de una explotación agraria, sea en propiedad, arrendamiento u otro título.
- Que al menos la mitad de tus ingresos totales venga de la actividad agraria o de actividades complementarias, y que lo que sale directamente de tu explotación sea como mínimo una cuarta parte del total.
- Que dediques al campo más de la mitad de tu tiempo de trabajo.
- Que los rendimientos netos de la explotación no superen el límite anual que fija la ley, calculado sobre la base máxima de cotización del régimen general.
- Si contratas, que no superes el número de trabajadores fijos o de jornadas anuales de eventuales que permite el sistema.
Si no cumples alguno, cotizarás en el RETA normal. No es un problema, pero cambia la cuota y conviene saberlo antes.
Documentación que conviene tener a mano
Personal
- DNI, NIE o TIE en vigor. Si eres extranjero, que tu autorización te permita trabajar por cuenta propia.
- Número de afiliación a la Seguridad Social.
- Certificado digital o Cl@ve, o una autorización para que actuemos en tu nombre.
- Cuenta bancaria para domiciliar la cuota.
De la explotación
- Escrituras, herencia o contratos de arrendamiento de las parcelas.
- Última solicitud de la PAC, si la tienes.
- Inscripción en el registro de explotaciones agrarias, si ya existe.
- Últimas liquidaciones de la cooperativa o facturas de venta, para estimar ingresos.
Cómo lo hacemos, paso a paso
- Entrevista: qué cultivas, cuánto vendes, si tienes otro trabajo y si vas a contratar.
- Cálculo de si entras en el SETA y previsión de rendimientos del año.
- Alta en Hacienda con el modelo 036, con el régimen de IVA y de renta elegidos.
- Alta en la Seguridad Social, en el plazo legal y con la base de cotización adecuada.
- Entrega del calendario fiscal del año y de lo que tienes que guardar (facturas, liquidaciones, recibos del REAGP).
Plazos que conviene tener en cuenta
Tanto el alta en la Seguridad Social como la declaración censal en Hacienda se presentan antes de empezar la actividad; el alta se puede pedir con algo de antelación y fijar la fecha de inicio. La elección de módulos o de estimación directa, y la de REAGP o régimen general, tienen efectos para años completos: cambiar después exige renunciar en plazo, normalmente en diciembre para el año siguiente, y en algunos casos la renuncia te obliga durante varios años. Por eso lo decidimos bien al principio.
Errores que vemos a menudo (y lo que cuestan)
- Darse de alta como autónomo normal sin mirar el SETA. Si cumples los requisitos, puedes estar pagando más de lo necesario.
- Entrar en el SETA teniendo un sueldo mayor que los ingresos del campo. La Seguridad Social revisa los requisitos y puede cambiarte de sistema con efectos hacia atrás.
- Renunciar al REAGP sin calcular. Si inviertes poco y vendes a cooperativas, el régimen especial suele ser más sencillo; si vas a hacer una gran inversión, el general puede interesar. Equivocarse te ata durante años.
- No incluir a tu cónyuge o hijo que trabaja contigo. Si trabajan de forma habitual en la explotación, puede que también deban cotizar.
Precio: honorarios y tasas, por separado
90 € + IVA
Honorarios, IVA no incluido.
Darse de alta en la Seguridad Social y en Hacienda no tiene tasas. El precio publicado arriba cubre el estudio de requisitos, las dos altas y la elección de regímenes. Puede subir si hay una sociedad o comunidad de bienes, si tienes otra actividad a la vez o si hay que regularizar años anteriores. La cuota mensual de autónomo la pagas tú a la Seguridad Social y depende de tu base; te la explicamos con tus números.
Cuándo no necesitas gestoría
Si el campo es solo un complemento, trabajas por cuenta ajena a jornada completa y vendes toda la cosecha a la cooperativa, lo normal es que no tengas que darte de alta como autónomo agrario: basta con declarar esos ingresos en la renta. Si tienes certificado digital y lo tienes claro, también puedes hacer tú el alta en Import@ss y el 036 en la sede de la Agencia Tributaria.
Preguntas frecuentes
¿Puedo trabajar en el almacén en invierno y ser autónomo agrario?
Puedes tener las dos cosas, pero entonces hay que ver si el campo sigue siendo tu actividad principal. Si el sueldo del almacén supera lo que ganas con tu explotación, lo normal es que no entres en el SETA.
¿Tengo que pagar cuota todo el año aunque la cosecha sea en invierno?
Sí. El alta de autónomo es continua, aunque las ventas se concentren en unos meses.
¿Qué es mejor, módulos o estimación directa?
Depende de tus gastos y de tu cultivo. Lo explicamos en fiscalidad agrícola.
Soy extranjero y tengo parcelas arrendadas. ¿Puedo ser autónomo agrario?
Sí, si tu autorización de residencia te permite trabajar por cuenta propia. Si solo te permite trabajar por cuenta ajena, antes hay que modificarla.
Guías relacionadas
Estas guías explican el alta de autónomo en general y lo que conviene preparar antes de empezar. Lo específico del campo está en esta página y en agricultura en Castellón.
- Alta de autónomo en Castellón: Hacienda y RETA
- Asesoría fiscal y contable en Castellón: qué suele necesitar un autónomo o una pyme antes de empezar
Los importes, plazos y requisitos pueden cambiar; confirma los vigentes antes de presentar.
Empieza tu alta de autónomo agrario
Dinos qué parcelas llevas, si tienes otro trabajo y cuándo quieres empezar. Con eso vemos si entras en el sistema agrario.
