Asesoría fiscal y contable · Castellón

Declaración de la renta en Castellón: la hacemos por ti

Haz tu declaración de la renta

Desde 40 € + IVA · Castellón

Precios sin IVA. Tasas oficiales aparte.

¿Prefieres ir directo? Cuéntanos tu caso y te decimos el siguiente paso, o escríbenos por WhatsApp.

Preparamos y presentamos tu modelo 100 comprobando dato a dato lo que Hacienda ya sabe y lo que no sabe de ti. El resultado es una declaración que puedes defender si llega una carta, sin deducciones olvidadas ni ingresos que falten.

  • Comparamos tributación individual y conjunta cuando tienes unidad familiar, y presentamos la que te sale mejor.
  • Revisamos las deducciones autonómicas de la Comunitat Valenciana, que el borrador no aplica si no le das el dato.
  • Incluimos alquileres, ventas de inmuebles y rendimientos de actividad, que son justo lo que el borrador resuelve peor.

Qué necesitamos para empezar

  • DNI o NIE de todos los miembros de la unidad familiar.
  • Referencia del expediente o autorización para acceder a tus datos fiscales.
  • La declaración del año anterior, si la tienes.
  • Una nota con los cambios del año: hijos, mudanza, venta, alquiler, alta o baja de autónomo.

Qué incluye el servicio

  • Descarga y revisión de datos fiscales: pagadores, retenciones, cuentas, inmuebles y ayudas que Hacienda imputa. Buscamos lo que sobra, lo que falta y lo que está mal clasificado.
  • Deducciones estatales y autonómicas: vivienda habitual adquirida antes de 2013, donativos, maternidad, familia numerosa y las propias de la Comunitat Valenciana, entre ellas las vinculadas al nacimiento o la adopción, al alquiler de la vivienda habitual, a gastos de guardería y de material escolar, a la discapacidad y a inversiones en eficiencia energética o autoconsumo.
  • Rendimientos de actividad: si eres autónomo, trasladamos a la renta tus ingresos y gastos del año y los pagos fraccionados del modelo 130 o del 131.
  • Inmuebles: alquileres con sus gastos y amortización, imputación de rentas de viviendas vacías y segundas residencias, y ganancias o pérdidas por venta.
  • Presentación y seguimiento: presentamos, te entregamos el justificante y, si Hacienda envía un requerimiento o una propuesta de liquidación, respondemos nosotros.

Documentación según tu situación

Todos

  • Certificados de retenciones de la empresa o del SEPE, si has cobrado prestación.
  • Recibos del IBI de tus inmuebles.
  • Justificantes de donativos, cuotas sindicales o colegiales y aportaciones a planes de pensiones.

Si alquilas un inmueble

  • Contrato, ingresos cobrados y días alquilados.
  • Gastos del año: comunidad, seguro, reparaciones, intereses del préstamo, suministros a tu cargo.
  • Escritura de compra o de herencia, para calcular la amortización.

Si has vendido

  • Escrituras de compra y de venta, con los gastos e impuestos de cada una.
  • Facturas de mejoras realizadas en el inmueble.

Si vives de alquiler o tienes hijos

  • Contrato de alquiler de tu vivienda habitual y justificantes de pago.
  • Facturas de guardería o del primer ciclo de educación infantil.

Cómo lo hacemos, paso a paso

  1. Recogida: nos envías la documentación y rellenas un breve cuestionario de cambios del año.
  2. Revisión: cruzamos los datos fiscales con tus documentos y preparamos la declaración en Renta WEB.
  3. Resultado razonado: te explicamos de dónde sale la cuota y qué alternativas hemos comparado.
  4. Presentación: con tu conformidad, presentamos y elegimos contigo la forma de pago o la cuenta de devolución.
  5. Archivo: guardamos el expediente, porque Hacienda puede revisar la declaración durante los cuatro años siguientes.

Plazos que conviene tener en cuenta

  • Campaña: la Agencia Tributaria la abre en primavera y termina a finales de junio; las fechas exactas se publican cada año.
  • Pago domiciliado: se cierra unos días antes que la presentación.
  • Fraccionamiento: si sale a pagar, puedes dividirlo en dos plazos sin intereses, el segundo a principios de noviembre.
  • Rectificación: si detectas un error, se corrige con una autoliquidación rectificativa del propio modelo 100, mientras no haya prescrito el ejercicio.

Errores que vemos a menudo (y lo que cuestan)

  • Confirmar el borrador sin mirar: el borrador no incluye alquileres completos, gastos deducibles ni la mayoría de deducciones autonómicas. Si te falta algo a favor, pierdes dinero; si falta algo en contra, llega una propuesta de liquidación con intereses.
  • No declarar la venta de un inmueble: la notaría informa a Hacienda. Olvidarlo acaba en requerimiento casi con seguridad.
  • Dos pagadores sin revisar: el segundo pagador reduce el límite de obligación de declarar, y el resultado suele salir a pagar.
  • No amortizar el piso alquilado: es uno de los gastos más importantes del alquiler y el que más se olvida.
  • Elegir conjunta por costumbre: cuando los dos cónyuges tienen ingresos, suele salir peor. Hay que calcular las dos.

Precio: honorarios y tasas, por separado

Desde 40 € + IVA

Honorarios, IVA no incluido.

Presentar la declaración de la renta no tiene tasa. Lo que resulte a pagar es tu cuota del IRPF, que no forma parte de nuestros honorarios, y lo que resulte a devolver lo ingresa Hacienda directamente en tu cuenta.

El precio depende de lo que haya que incluir: no cuesta lo mismo una declaración con una nómina que una con actividad económica, dos alquileres y una venta. El precio de arriba es el de una declaración sin actividad ni alquileres; en los demás casos te damos el precio cerrado en cuanto vemos tu situación. Todos los precios, en tarifas.

Cuándo no necesitas gestoría

Si solo tienes una nómina, no tienes inmuebles distintos de tu vivienda, no has vendido nada y no tienes hijos ni alquiler que den derecho a deducción, el borrador de Renta WEB suele estar bien y puedes confirmarlo tú. Aun así, dedica diez minutos a revisar los datos fiscales y el apartado de deducciones autonómicas antes de pulsar el botón.

Preguntas frecuentes

¿Podéis presentar la renta de años anteriores?

Sí, mientras no haya prescrito el derecho de Hacienda a liquidarla. Si no presentaste y estabas obligado, lo hacemos fuera de plazo con el recargo que corresponda, que es mejor que esperar a un requerimiento.

¿Qué pasa si ya la presenté y me equivoqué?

Presentamos una autoliquidación rectificativa. Si el error te perjudicaba, pedimos la devolución de lo pagado de más; si te beneficiaba, regularizamos antes de que lo detecte Hacienda.

¿Me hace falta si soy autónomo?

Es donde más sentido tiene: la renta del autónomo recoge un año entero de actividad y los pagos fraccionados, y debe cuadrar con lo presentado trimestre a trimestre.

¿Vivo en Castellón pero trabajo en otra comunidad, qué deducciones me aplican?

Las autonómicas dependen de la residencia habitual durante el año, no del lugar de trabajo. Lo comprobamos con tu empadronamiento.

Los importes, plazos y requisitos pueden cambiar; confirma los vigentes antes de presentar.

Guías relacionadas

Las guías resuelven dudas concretas de la campaña; esta página es el servicio para que la preparemos nosotros.


Haz tu declaración de la renta

Dinos si tienes actividad, alquileres o ventas de inmuebles en el año: es lo que más cambia la declaración.

Teléfono o email: con uno basta.

Añadir más datos (opcional)

Si hay un plazo encima, es lo primero que miramos.

Por ejemplo, el trimestre o ejercicio más reciente que se declaró.