Tarjeta de familiar de español o de ciudadano UE en Castellón
250 € + IVA · Castellón
Precios sin IVA. Tasas oficiales aparte.
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Si tu pareja es española, italiana, rumana o de otro país de la Unión Europea, tienes derecho a residir y trabajar aquí como familiar. Te decimos qué régimen te toca desde la reforma de 2025, reunimos la prueba de la relación y tramitamos la solicitud hasta que tengas la tarjeta.
- Distinguimos si vas por la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión (EX-19) o por la autorización de familiar de ciudadano español (EX-24).
- Si no estáis casados ni inscritos como pareja, preparamos la prueba de una relación estable con los papeles que tengáis.
- Comprobamos antes que tu pareja cumple su parte: trabajo, medios o estudios, según el caso.
Para empezar necesitamos
- Tu pasaporte y el DNI o certificado de registro de tu familiar.
- Si estáis casados, el acta de matrimonio; si no, desde cuándo convivís.
- Qué hace tu familiar en España: trabaja, es autónomo, estudia o vive de sus ingresos.
- Cuándo entraste en España y si estás empadronado con él o con ella.
Dos regímenes distintos: cuál es el tuyo
Hasta 2025, los familiares de españoles y los de otros europeos pedían casi siempre la misma tarjeta. Con el reglamento de extranjería aprobado por el Real Decreto 1155/2024, en vigor desde el 20 de mayo de 2025, eso cambió:
- Familiar de ciudadano de otro país de la Unión Europea (o del Espacio Económico Europeo o Suiza) que vive en España: sigue con la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, impreso EX-19, regulada por el Real Decreto 240/2007.
- Familiar de ciudadano español que no ha ejercido la libre circulación: tiene ahora su propia autorización de residencia temporal de familiar de persona con nacionalidad española, impreso EX-24, dentro del reglamento de extranjería.
Hay situaciones mixtas (por ejemplo, un español que ha vivido y trabajado en otro país de la Unión y vuelve con su familia) en las que conviene estudiar cuál aplica. Es una norma reciente y la práctica de las oficinas todavía se va asentando, así que lo revisamos caso por caso.
Qué incluye el servicio
- Elección del régimen y de la vía de presentación.
- Prueba del vínculo: matrimonio, pareja registrada o pareja estable (hijos en común, convivencia, empadronamiento conjunto, cuentas compartidas).
- Prueba de la situación del ciudadano europeo: contrato, alta de autónomo, matrícula o medios y seguro médico.
- Impreso y tasa, cita o presentación, y seguimiento.
- Huellas y recogida de la tarjeta.
Quién puede pedirla
- Cónyuge, si no hay divorcio ni nulidad.
- Pareja registrada en un registro público de un país de la Unión o del Espacio Económico Europeo.
- Pareja estable no registrada, si se prueba una relación duradera: tiempo de convivencia o hijos en común.
- Hijos del ciudadano o de su pareja: en el régimen de la Unión, menores de 21 años o mayores a su cargo; en el de familiar de español, el reglamento amplía la edad hasta los 26 años.
- Padres del ciudadano o de su pareja, cuando viven a su cargo.
Es la situación de muchas parejas de Castellón: él o ella español y la otra persona de Colombia, Venezuela, Ecuador, Honduras o Marruecos, que llegó como turista o con otro permiso y quiere quedarse.
Documentación que vamos a pedirte
Tuya
- Pasaporte completo en vigor.
- Acta de matrimonio o certificado de pareja registrada, legalizados o apostillados y traducidos si son extranjeros.
- Si sois pareja no registrada: empadronamiento juntos, contrato de alquiler a nombre de los dos, libro de familia o partida de nacimiento de hijos en común, fotos y mensajes con fechas.
- Fotografía tamaño carné.
De tu familiar
- DNI (si es español) o pasaporte y certificado de registro (si es de otro país de la Unión).
- Si es de otro país de la Unión: contrato o vida laboral, alta de autónomo, matrícula, o medios suficientes y seguro médico.
Cómo lo hacemos, paso a paso
- Diagnóstico. Régimen aplicable y lista de pruebas según tu relación.
- Reunión de pruebas. Te decimos qué documentos pesan más y cuáles no aportan.
- Presentación. Para la tarjeta de familiar de la Unión, la presentas en persona en la Oficina de Extranjería o en la Policía, con cita. La autorización de familiar de español se puede presentar por vía electrónica.
- Resolución. Seguimos el expediente y contestamos requerimientos.
- Tarjeta. Huellas con el EX-17 cuando proceda y recogida.
Plazos que conviene tener en cuenta
- Familiar de ciudadano de la Unión: la solicitud se presenta en los tres meses siguientes a tu entrada en España. El resguardo que te dan acredita tu estancia legal hasta que tengas la tarjeta. La tarjeta dura cinco años (o menos, si tu familiar va a residir menos tiempo).
- Familiar de ciudadano español: la resolución debe llegar en dos meses; si no llega, se entiende denegada. Concedida, hay un mes para pedir la TIE. La autorización se concede, en general, por cinco años.
Errores que vemos a menudo (y lo que cuestan)
- Pedir la tarjeta equivocada. Un familiar de español que presenta el EX-19 en vez del EX-24 puede recibir una inadmisión y perder semanas.
- Pareja de hecho sin pruebas. Decir que se convive no basta; hacen falta documentos con fechas.
- Ciudadano europeo sin actividad. Si tu pareja comunitaria no trabaja ni tiene medios y seguro, tu solicitud cae con la suya.
- Pasaporte a punto de caducar. Renuévalo antes; si no, la tarjeta puede salir con una vigencia más corta o con datos antiguos.
Precio: honorarios y tasas, por separado
250 € + IVA
Honorarios, IVA no incluido.
Aparte: Tasa 790 código 012 aparte (la paga el interesado); Traducciones y apostillas.
Los honorarios de arriba cubren un caso de matrimonio o pareja registrada con los papeles claros. Pueden subir si hay que probar una pareja estable no registrada, si se incluyen hijos o padres, o si hay documentos extranjeros que corregir. Las tasas oficiales van aparte:
- Tasa modelo 790 código 012: la de expedición de la tarjeta, equivalente a la del DNI según indica el Ministerio.
- La autorización de familiar de ciudadano español se tramita, según la hoja oficial, de forma gratuita; se paga solo la tarjeta.
- Gastos externos: apostillas y traducciones juradas.
Más en tarifas.
Cuándo no necesitas gestoría
Si estáis casados en España, tu cónyuge es de otro país de la Unión y trabaja con contrato, el trámite es sencillo y puedes hacerlo tú pidiendo cita. Nos llamas cuando sois pareja sin papeles, cuando tu pareja es española y dudas del régimen, cuando te han denegado antes o cuando se te han pasado los tres meses desde la entrada.
Preguntas frecuentes
¿Puedo trabajar con esta tarjeta?
Sí, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, en cualquier sector.
Entré como turista. ¿Puedo pedirla sin salir de España?
En el régimen de la Unión, sí. En el de familiar de español, cuando los dos estáis en España también se admite en muchos casos; lo confirmamos con tu situación concreta.
¿Qué pasa si nos separamos?
Hay supuestos en los que se conserva el derecho a residir (por ejemplo, tras años de matrimonio o si hay hijos), pero hay que comunicarlo y estudiarlo.
Mi pareja es de Rumanía y aún no tiene el certificado de registro.
Primero lo pide ella; es la base de tu solicitud. Lo explicamos en NIE y certificado UE.
Guías relacionadas
Las guías explican el certificado de registro que necesita tu familiar europeo, la tasa 790 código 012 y cómo empadronarse. Esta página es para encargarnos tu tarjeta.
Los importes, plazos y requisitos pueden cambiar; confirma los vigentes antes de presentar.
- Tasa 790 código 012 para TIE o NIE en Castellón: qué revisar antes de pagar
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Empieza tu tarjeta de familiar
Dinos la nacionalidad de tu familiar, si estáis casados o sois pareja y desde cuándo estás en España.
