Gestoría · Castellón

Liquidación del ITP en Castellón: lo que hacemos por ti

Liquida el ITP con nosotros

Desde 60 € + IVA · Castellón

Precios sin IVA. Tasas oficiales aparte.

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Si has comprado a un particular una vivienda, un local, una finca rústica, un coche o un tractor usados, debes pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) a la Agència Tributària Valenciana. Calculamos la base, preparamos el modelo 600 o el 620 y lo presentamos dentro de plazo para que puedas inscribir la finca o poner el vehículo a tu nombre.

  • Comprobamos el valor de referencia del Catastro antes de presentar, no cuando llega la liquidación complementaria.
  • Revisamos si te corresponde un tipo reducido y qué requisitos tendrás que mantener para no perderlo.
  • Te entregamos el justificante que piden el Registro de la Propiedad o la Jefatura de Tráfico.

Qué necesitamos para empezar

  • DNI o NIE del comprador y del vendedor.
  • Escritura o contrato privado firmado, con su fecha.
  • Referencia catastral del inmueble, o permiso de circulación y ficha técnica del vehículo.
  • Precio pactado.

Qué incluye el servicio

El ITP grava la compra de bienes usados entre particulares y lo paga el comprador: el artículo 8 del texto refundido de la ley del impuesto (Real Decreto Legislativo 1/1993, TRLITPAJD) lo fija como sujeto pasivo. En la Comunitat Valenciana lo gestiona la Agència Tributària Valenciana (ATV). Nos ocupamos de:

  • Modelo 600 para viviendas, locales, garajes, solares, fincas rústicas y otros bienes y derechos.
  • Modelo 620 para turismos, todoterrenos, motocicletas, ciclomotores y embarcaciones de recreo usados, con su carta de pago 917.
  • Maquinaria agrícola usada (tractores, remolques), con la cartilla de inscripción de la Conselleria de Agricultura.
  • Base imponible y tipo aplicable, incluidas las bonificaciones del artículo 14 bis de la Ley valenciana 13/1997.
  • Actos Jurídicos Documentados (AJD) cuando la operación lo exige.
  • Presentación telemática, pago y entrega del justificante.
  • Requerimientos y comprobaciones de valor de la ATV.

Base, tipos y comprobación de valores

Según el artículo 10 del TRLITPAJD, reformado por la Ley 11/2021, la base de un inmueble es su valor de referencia del Catastro a la fecha de la compra, salvo que el precio o el valor declarado sean mayores. Si el Catastro no puede certificarlo, se toma la mayor cifra entre valor declarado, precio y valor de mercado. El valor de referencia solo se discute pidiendo la rectificación de la autoliquidación o recurriendo la liquidación.

Los tipos están en el artículo 13 de la Ley 13/1997. En su versión consolidada del BOE (actualizada en agosto de 2026), el tipo general de inmuebles es el 9 %, y el 11 % si el valor supera un millón de euros. Hay tipos reducidos para menores de 35 años, viviendas de protección oficial, familias numerosas o monoparentales y personas con discapacidad, cada uno con requisitos. Los bienes muebles van en general al 6 %; algunos vehículos, como los de valor igual o superior a 20.000 euros, al 8 %; y los turismos y motos de más de cinco años y menos de 20.000 euros pagan una cuota fija según cilindrada.

En vehículos y en inmuebles sin valor de referencia, la ATV puede comprobar el valor (artículo 46 del TRLITPAJD) y girar una liquidación complementaria, que se puede recurrir o corregir con tasación pericial contradictoria.

El AJD aparece cuando la compra lleva IVA (por ejemplo, una nave comprada a una empresa) y en la hipoteca, donde paga el banco. La compra de una vivienda usada a un particular no paga la cuota gradual de AJD, porque ya tributa por ITP (artículo 31.2 del TRLITPAJD).

Documentación que conviene tener a mano

Si has comprado un inmueble

  • Copia de la escritura o, si aún no la hay, el contrato privado firmado.
  • Referencia catastral de cada finca; en rústicas, polígono y parcela.
  • Para un tipo reducido: certificado de discapacidad, título de familia numerosa o datos de renta del comprador.

Si has comprado un vehículo o una máquina

  • Contrato de compraventa en castellano o valenciano, original y copia.
  • Permiso de circulación y tarjeta de inspección técnica originales.
  • En maquinaria agrícola, la cartilla de inscripción de la Conselleria.

Cómo lo hacemos, paso a paso

  1. Revisión del documento: quién compra, qué, en qué proporción y en qué fecha. La firma marca el inicio del plazo.
  2. Consulta del valor de referencia en la Sede Electrónica del Catastro, o del valor del vehículo en la calculadora de la ATV.
  3. Elección del modelo y del tipo: 600 o 620, general, reducido o cuota fija.
  4. Confección en el programa oficial de la ATV (Sar@ 2) y revisión contigo.
  5. Pago y presentación. En turismos y motos de más de cinco años y menos de 20.000 euros, la ATV indica presentar el 620 con la carta de pago 917 directamente en la Jefatura de Tráfico.
  6. Entrega del justificante para el Registro de la Propiedad o para la Dirección General de Tráfico (DGT).

Plazos que conviene tener en cuenta

En la Comunitat Valenciana el plazo para presentar y pagar el 600 o el 620 es de un mes desde el día en que se firma la escritura o el contrato (artículo 14 ter de la Ley 13/1997). Si después pierdes un tipo reducido por incumplir un requisito, tienes otro mes desde el incumplimiento para regularizar con intereses.

Ningún documento sujeto al impuesto surte efecto en una oficina o registro público sin el justificante de pago o presentación (artículo 54 del TRLITPAJD): sin él, el Registro de la Propiedad no inscribe y Tráfico no cambia la titularidad.

Errores que vemos a menudo (y lo que cuestan)

  • Liquidar sobre el precio cuando el valor de referencia es mayor. La ATV reclama la diferencia con intereses de demora.
  • Presentar fuera del mes. El artículo 27 de la Ley General Tributaria fija un recargo del 1 % más otro 1 % por mes completo de retraso, y del 15 % pasados doce meses, más intereses. Si la ATV te requiere antes, puede haber sanción.
  • Aplicar un tipo reducido sin cumplir todos los requisitos. Edad, renta o vivienda habitual: si falla uno, se paga la diferencia.
  • Declarar un valor bajo en un coche reciente. La ATV lo compara con su valor de mercado y liquida la diferencia.
  • Firmar el contrato del coche y no liquidar el 620. El vehículo sigue a nombre del vendedor.

Precio: honorarios e impuestos, por separado

Desde 60 € + IVA

Honorarios, IVA no incluido.

Aparte: El impuesto (ITP o AJD), que paga el comprador a la Agència Tributària Valenciana.

El precio que ves arriba es el del modelo 620 de un vehículo usado; el modelo 600 de una vivienda, local o finca va desde 150 € + IVA. Puede subir según el tipo de bien, el número de fincas o compradores, si hay que justificar un tipo reducido y si hay que contestar una comprobación de valor. Te damos el precio cerrado antes de empezar.

El impuesto va aparte: lo pagas tú a la Agència Tributària Valenciana con el modelo 600 o el 620. También van aparte la notaría, el Registro de la Propiedad y la tasa de la DGT por el cambio de titularidad.

Cuándo no necesitas gestoría

Si compras a un particular un turismo antiguo con cuota fija, el asistente del 620 de la ATV te guía bien. Y si compras a un concesionario o a una empresa con IVA, no hay ITP. Te aportamos más en inmuebles, fincas rústicas, tipos reducidos o comprobaciones de valor, y cuando quieres que el cambio de titularidad del vehículo vaya en el mismo encargo.

Preguntas frecuentes

¿Quién paga el ITP, el comprador o el vendedor?

El comprador (artículo 8 del TRLITPAJD). Pactar otra cosa en el contrato no cambia quién responde ante la ATV.

He firmado un contrato privado de una finca rústica. ¿Tengo que pagar ya?

Sí. El mes cuenta desde la firma, aunque no haya escritura. Si la finca entra en tu explotación, revisamos también sus registros de explotación.

Me ha llegado una liquidación complementaria. ¿Qué hago?

Mirar el plazo de la notificación y con qué valor se ha calculado. Se puede recurrir, pedir tasación pericial contradictoria o pagar si es correcta.

¿Afecta a la renta?

El ITP pagado suma al valor de adquisición cuando vendas. El vendedor declara la ganancia en su declaración de la renta.

Guías relacionadas

Estas guías tratan la compra de un coche o un tractor usado y el contrato que conviene firmar. Para otros trámites, vuelve a gestoría en Castellón.

Los tipos, cuotas fijas, bonificaciones y plazos del ITP pueden cambiar cada año; confirma los vigentes antes de presentar.

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