Asesoría fiscal y contable · Castellón

Contabilidad de sociedades en Castellón

Prepara tu cierre fiscal con nosotros

Desde 150 € + IVA al mes · Castellón

Precios sin IVA. Tasas oficiales aparte.

¿Prefieres ir directo? Cuéntanos tu caso y te decimos el siguiente paso, o escríbenos por WhatsApp.

Llevamos la contabilidad de tu sociedad limitada durante el año y cerramos el ejercicio completo: cuentas anuales, legalización de libros, depósito en el Registro Mercantil y modelo 200. Los administradores firman sabiendo qué firman y la hoja registral de la sociedad sigue abierta.

  • Contabilidad al día cada trimestre, no reconstruida en junio a partir del extracto bancario.
  • Un calendario mercantil y fiscal con fechas concretas para tu ejercicio social, incluido si no cierra el 31 de diciembre.
  • Actas de la junta y certificaciones preparadas para que el depósito no vuelva del Registro con defectos.

Qué necesitamos para empezar

  • Escritura de constitución y estatutos, con las modificaciones posteriores.
  • Cuentas anuales y modelo 200 del último ejercicio depositado y presentado.
  • Extractos bancarios del ejercicio en curso y facturas emitidas y recibidas.
  • Identificación de los administradores y certificado digital de la sociedad.

Qué incluye el servicio

Durante el año

  • Contabilidad según el Plan General de Contabilidad, o el de pymes cuando la sociedad puede aplicarlo: asientos de facturas, bancos, nóminas, préstamos y amortizaciones.
  • Impuestos periódicos de la sociedad: 303, 111, 115 y 349 cuando procedan, y los pagos fraccionados del modelo 202 si la sociedad está obligada.
  • Balance de situación y cuenta de resultados trimestrales, para que sepas cómo va el ejercicio antes de que termine.

En el cierre

  • Ajustes de cierre: amortizaciones, periodificaciones, provisiones, existencias y revisión de saldos con socios y administradores.
  • Formulación de las cuentas anuales: balance, cuenta de pérdidas y ganancias, memoria y, si aplica, estado de cambios en el patrimonio neto, normalmente en modelo abreviado.
  • Legalización de libros contables y societarios en el Registro Mercantil, por vía telemática.
  • Junta general: convocatoria o acta de junta universal, aprobación de cuentas y aplicación del resultado.
  • Depósito de cuentas en el Registro Mercantil de Castellón.
  • Impuesto sobre Sociedades: modelo 200, con los ajustes entre resultado contable y base imponible.

Documentación que conviene tener lista

Operativa

  • Facturas emitidas y recibidas, numeradas y completas.
  • Extractos de todas las cuentas y tarjetas de la sociedad.
  • Cuadros de amortización de préstamos y contratos de leasing o renting.

Cierre

  • Inventario de existencias a 31 de diciembre o a la fecha de cierre.
  • Relación de clientes y proveedores pendientes, con los impagos que ya consideres perdidos.
  • Movimientos entre la sociedad y sus socios o administradores: préstamos, retribuciones, uso de bienes.

Societaria

  • Libro de actas y libro registro de socios, al día.
  • Cambios de administradores, de domicilio o de capital en el año.

Cómo lo hacemos, paso a paso

  1. Diagnóstico inicial: comprobamos si hay ejercicios sin depositar, libros sin legalizar o impuestos pendientes. Si los hay, se resuelven primero.
  2. Contabilización trimestral: registramos y conciliamos con bancos antes de cada 303.
  3. Precierre: antes del fin del ejercicio revisamos el resultado previsto para que puedas tomar decisiones a tiempo.
  4. Cierre y cuentas: preparamos las cuentas para que el órgano de administración las formule y la junta las apruebe.
  5. Registro e impuesto: legalizamos libros, depositamos cuentas y presentamos el modelo 200.

Plazos que conviene tener en cuenta

Para una sociedad cuyo ejercicio coincide con el año natural:

  • Formulación de cuentas: los administradores, en los 3 meses siguientes al cierre.
  • Legalización de libros: en los 4 meses siguientes al cierre.
  • Aprobación en junta: en los 6 meses siguientes al cierre.
  • Depósito en el Registro Mercantil: en el mes siguiente a la aprobación.
  • Modelo 200: en los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores al cierre, es decir, del 1 al 25 de julio.
  • Modelo 202: del 1 al 20 de abril, de octubre y de diciembre, si la sociedad está obligada.

Errores que vemos a menudo (y lo que cuestan)

  • No depositar las cuentas: el Registro cierra la hoja de la sociedad y no inscribe casi ningún acto hasta que se regulariza. Además, el incumplimiento puede sancionarse.
  • Cuenta con el socio sin documentar: los gastos personales pagados con la tarjeta de la sociedad o el dinero retirado sin soporte se convierten en retribución o en préstamo, y cada opción tiene consecuencias fiscales.
  • Libro de actas en blanco: sin actas, no hay forma de acreditar la aprobación de cuentas ni la retribución del administrador.
  • Pensar que sin actividad no hay obligaciones: una sociedad inactiva sigue presentando el modelo 200 y depositando cuentas.

Precio: honorarios y tasas, por separado

Desde 150 € + IVA al mes

Honorarios, IVA no incluido.

El depósito de cuentas y la legalización de libros devengan aranceles del Registro Mercantil, que pagas al Registro y que se fijan por arancel, no por nosotros. Si hay que certificar actas o elevar a público algún acuerdo, se añaden los honorarios de notaría. La presentación del modelo 200 y del 202 no tiene tasa.

Nuestros honorarios dependen del volumen de asientos, del número de cuentas bancarias, de si hay trabajadores y de si hay ejercicios atrasados que regularizar. La cuota de arriba es la de una sociedad pequeña al día; con ejercicios atrasados o mucho volumen, te damos un presupuesto cerrado antes de empezar. Las cuentas anuales se presupuestan aparte. Todos los precios, en tarifas.

Cuándo no necesitas gestoría

Si en la sociedad hay alguien con formación contable, un programa que genera los libros y las cuentas en el formato del Registro, y el administrador conoce el calendario mercantil, la sociedad puede llevarlo internamente. En ese caso puede bastar con una revisión del cierre y del modelo 200 antes de presentarlos.

Preguntas frecuentes

¿Podéis poneros al día con ejercicios atrasados?

Sí. Reconstruimos la contabilidad de los ejercicios pendientes, preparamos las cuentas y las depositamos por orden para reabrir la hoja registral.

¿Qué es la legalización de libros?

Es la presentación telemática en el Registro Mercantil del libro diario, del libro de inventarios y cuentas anuales y de los libros de actas y de socios, que da fecha cierta a su contenido.

¿La sociedad tiene que auditar sus cuentas?

Solo si durante dos ejercicios seguidos supera al menos dos de los tres límites legales de activo, cifra de negocios y plantilla, o si lo pide una minoría de socios o lo exige un tercero. Lo revisamos cada cierre.

¿Qué diferencia hay con el cierre de un autónomo?

El autónomo no formula ni deposita cuentas anuales y tributa por IRPF, no por el Impuesto sobre Sociedades.

Los importes, plazos y requisitos pueden cambiar; confirma los vigentes antes de presentar.

Guías relacionadas

Las guías explican el cierre y sus riesgos; esta página es el servicio para que lo llevemos nosotros.


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