Extranjería · Castellón

Nacionalidad española por residencia en Castellón

Pide tu nacionalidad con nosotros

300 € + IVA · Castellón

Precios sin IVA. Tasas oficiales aparte.

¿Prefieres ir directo? Cuéntanos tu caso y te decimos el siguiente paso, o escríbenos por WhatsApp.

Comprobamos que cumples el tiempo de residencia que te corresponde, reunimos y revisamos los certificados de tu país, y presentamos la solicitud electrónica ante el Ministerio de Justicia como representantes. Te acompañamos hasta la jura o promesa en el Registro Civil y la inscripción de tu nacimiento en España.

  • Cálculo exacto de tu fecha de inicio, contando desde la primera residencia legal y revisando las salidas de España.
  • Control de los certificados extranjeros: apostilla o legalización, traducción jurada y fecha de expedición.
  • Seguimiento del expediente y respuesta a requerimientos sin que tengas que entrar en la sede cada semana.

Qué necesitamos para empezar

  • Tu nacionalidad de origen.
  • Fecha de tu primera tarjeta de residencia legal en España.
  • Si estás casado con español o española, y desde cuándo.
  • Si ya tienes el DELE A2 y el CCSE, o estás exento.

Cuánto tiempo de residencia legal te piden

Es lo primero que revisamos, porque presentar antes de tiempo lleva a denegación. El Código Civil fija estos periodos de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud:

  • 10 años: regla general.
  • 5 años: personas con la condición de refugiado.
  • 2 años: nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal, y personas sefardíes.
  • 1 año: los supuestos del artículo 22.2 del Código Civil, entre ellos quien lleva un año casado con español o española y no está separado, quien nació en territorio español, el viudo o viuda de español y quien nació fuera de España de padre, madre, abuelo o abuela originariamente españoles.

Estancias como estudiante o periodos sin autorización no cuentan igual que la residencia. Lo comprobamos con tus resoluciones, no de memoria.

Qué incluye el servicio

  • Estudio de tu vía y del plazo de residencia aplicable.
  • Comprobación de los exámenes: DELE A2 (o nivel superior) y CCSE, ambos del Instituto Cervantes, y de si te corresponde alguna exención.
  • Lista de documentos adaptada a tu país y revisión de cada uno.
  • Pago de la tasa 790 código 026 y presentación electrónica ante el Ministerio de Justicia.
  • Seguimiento del expediente y contestación de requerimientos.
  • Preparación de la jura o promesa y de la inscripción en el Registro Civil, y orientación para el DNI.

Documentación que vamos a revisar

Identidad y residencia

  • Pasaporte completo y en vigor.
  • TIE en vigor.
  • Certificado de empadronamiento, con histórico si has cambiado de municipio.

Documentos de tu país

  • Certificado literal de nacimiento, apostillado o legalizado y traducido si no está en castellano.
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen, con los mismos requisitos y fecha reciente.
  • Si procede, certificado de matrimonio y documentación del cónyuge español.

Integración

  • Diploma DELE A2 o superior, salvo exención.
  • Certificado de aprobado en el CCSE, salvo exención.
  • Pruebas de medios de vida: contrato, nóminas o actividad.

Cómo lo hacemos, paso a paso

  1. Revisamos tus fechas y te decimos desde qué día puedes presentar.
  2. Si faltan exámenes, te indicamos cuáles y cuándo inscribirte.
  3. Pides los certificados de tu país con la antelación justa para que no caduquen.
  4. Digitalizamos, comprobamos y presentamos online con la tasa pagada.
  5. Atendemos requerimientos y vigilamos la resolución.
  6. Con la concesión, te preparamos para la jura o promesa y la inscripción en el Registro Civil.

Plazos que conviene tener en cuenta

  • Resolución: el plazo legal es de un año desde que la solicitud entra en el órgano competente; si pasa sin respuesta, el silencio es negativo, lo que permite recurrir.
  • Tras la concesión: tienes 180 días desde la notificación para jurar o prometer y pedir la inscripción. Si dejas pasar ese plazo, la concesión caduca.
  • Certificados: los antecedentes penales tienen validez limitada; pedirlos demasiado pronto obliga a repetirlos.
  • Residencia: tiene que seguir siendo legal durante el expediente. Renueva tu tarjeta a tiempo aunque la nacionalidad esté en trámite.

Errores que vemos a menudo (y lo que cuestan)

  • Contar desde la llegada y no desde la residencia legal. Denegación y un expediente nuevo, con otra tasa.
  • Dejar caducar la TIE durante el trámite. Rompe la residencia legal y complica la resolución.
  • Nombres que no coinciden entre el certificado de nacimiento, el pasaporte y la TIE. Genera requerimientos y retrasos en la inscripción.
  • Antecedentes penales en España sin cancelar. Afectan a la buena conducta cívica; conviene revisarlos y, si procede, pedir la cancelación antes.
  • Olvidar el plazo de la jura. Perder los 180 días echa por tierra un expediente ya ganado.

Precio: honorarios y tasas, por separado

300 € + IVA

Honorarios, IVA no incluido.

Aparte: Tasa 790 código 026; Exámenes DELE A2 y CCSE del Instituto Cervantes; Apostillas y traducciones juradas.

Ese es el precio de nuestros honorarios por todo el expediente. Por separado pagas la tasa 790 código 026 del Ministerio de Justicia, que se abona antes de presentar, y las inscripciones a los exámenes DELE A2 y CCSE, que cobra el Instituto Cervantes o el centro examinador. También las apostillas y traducciones juradas de tus documentos. No damos cifras aquí porque se actualizan; las consultas en cada organismo. Más en tarifas.

Cuándo no necesitas gestoría

Si tienes certificado digital, tus fechas son holgadas, tus documentos coinciden y ya aprobaste los exámenes, puedes presentar tú en la sede electrónica del Ministerio de Justicia. Encargarlo compensa cuando tu tiempo de residencia está justo, cuando has tenido periodos irregulares o salidas largas, cuando tu país emite documentos difíciles de legalizar o cuando ya te han requerido algo que no sabes contestar.

Preguntas frecuentes

¿Quién está exento del DELE A2?

Los nacionales de países donde el español es lengua oficial. También hay exenciones para menores y personas con la capacidad modificada judicialmente, y dispensas para quien acredite dificultades de aprendizaje o analfabetismo.

¿Y del CCSE?

Están exentos los menores y personas con la capacidad modificada, entre otros supuestos; quien cursó la educación secundaria obligatoria en España puede quedar exento de ambas pruebas.

¿Pierdo mi nacionalidad de origen?

En la jura se renuncia a la anterior, salvo para nacionales de países con los que España permite conservarla. Depende de tu país.

¿Puedo viajar mientras se tramita?

Sí, siempre que tu residencia siga vigente, pero las ausencias largas pueden cuestionar la residencia continuada.

Guías relacionadas

Estas guías profundizan en dos dudas que nos plantean a menudo: cómo prepararse el examen de conocimientos constitucionales y qué hacer cuando el expediente lleva tiempo sin moverse.

Los importes, plazos y requisitos pueden cambiar; confirma los vigentes antes de presentar.


Empieza tu expediente de nacionalidad

Dinos tu nacionalidad de origen y desde qué fecha tienes residencia legal en España.

Teléfono o email: con uno basta.

Añadir más datos (opcional)

Si hay un plazo encima, es lo primero que miramos.

Aunque sea aproximada. Es el dato que marca la urgencia.